MADRID.– El uso de la mascarilla protectora será obligatorio, con excepciones, en España hasta la derrota del coronavirus Covid-19, lo que tendrá lugar cuando exista una vacuna o fármaco que anule sus efectos desde el punto de vista científico.

El Consejo de Ministros aprobó este martes, día 9, el borrador del Real Decreto-Ley que contiene las normas que estarán en vigor una vez que el estado de alarma haya finalizado el día 21 de junio.

Tras haber consultado a las comunidades autónomas, el Gobierno ha establecido que las mascarillas sanitarias formarán parte de nuestra vida hasta la finalización del Covid-19, con algunas excepciones.

Entre ellas cuando no esté garantizado en la calle la distancia de seguridad de 1,5 metros con otros ciudadanos. En el estado de alarma y posteriormente en la desescalada esta distancia oscila entre 1,5 y 2 metros. Además, tendrán autorización para no llevarla las personas con prescripción médica en este sentido y los deportistas en la vía pública.

Por el contrario, las mascarillas seguirán siendo obligatorias en transportes públicos, en centros comerciales, en espacios cerrados y en otros lugares compartidos con más personas como pueden ser centros de trabajo, docentes, sanitarios y establecimientos hoteleros, entre otros. ¿Quiénes deberán llevarlas? Todos los ciudadanos a partir de los 6 años. No usarlas supondrá recibir una sanción de 100 euros.

Contenidos para la ‘nueva normalidad’
El borrador del Real Decreto-Ley que entrará en vigor el 22 de junio fue presentado este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros por el titular de Sanidad, Salvador Illa, quien indicó que sus contenidos tendrán vigencia durante la denominada ‘nueva normalidad’.

En su intervención, dejó claro que este Real Decreto-Ley, tras su trámite parlamentario, fijará las medidas que regirán la vida de los españoles hasta que el Gobierno dé por finalizada la crisis sanitaria originada por el Covid-19, y ello ocurrirá cuando la Ciencia disponga de una vacuna o fármaco contra este coronavirus.

Las nuevas normas están recogidas en un documento titulado Real Decreto-Ley de Medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el Covid-19.

Por último, si en los próximos meses hubiera un rebrote de este virus, el titular del Ministerio de Sanidad está autorizado para poner en marcha aquellas medidas de excepcionalidad que considerara oportuno en cada momento.

(Foto: Gobierno de España)

 

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