TURISMO / GASTRONOMÍA.– En las fechas navideñas, los almuerzos, cenas, comidas de empresa y de otra índole en establecimientos de restauración son una constante. Consumo Responde aconseja tener presente una serie de recomendaciones no solo relativas a los precios sino también a aspectos como la carta, las reservas de plazas o los productos ofertados.

En este sentido, como recuerda el director general de Consumo, José Agustín González, “el aspecto más importante es la información, aquella que nos proporciona el establecimiento, que debe ser siempre clara y precisa”. Por ello, resulta esencial “informarse bien de los precios, que deben encontrarse en lugares que permitan su lectura sin dificultad e indicarse para cada servicio claramente y por separado, incluido el de los precios sometidos a fluctuaciones”, de manera que se prohíbe utilizar la expresión “precios según mercado” o similares.

Además, los establecimientos de restauración tienen la obligación de mostrar los precios finales y completos, incluyendo el IVA -no deben presentar tachaduras ni otros indicios de manipulación-. La exposición tiene que ser clara para el público y en un lugar visible (cartas de comidas o bebidas, murales, pizarras, etc.). Las personas consumidoras deben tener en cuenta que los precios de los productos ofertados por los servicios de restauración son libres y pueden variar incluso de un día para otro.

Grandes reservas en Navidad
En períodos como la Navidad es habitual realizar reservas con grupos grandes de personas, y muchos establecimientos optan por cobrar por adelantado una cantidad por dicha reserva. No obstante, este dinero nunca podrá ser un ‘extra’ o suplemento sino que deberá descontarse del importe total.

En cualquier caso, en toda información que se ofrezca a la persona consumidora sobre el precio de los bienes o servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando en su caso el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan a la persona que consuma y de los gastos adicionales por servicios accesorios. Por este motivo, no se puede cobrar el cubierto, la carta, la reserva de plaza o cualquier otro concepto similar.

Las personas consumidoras tienen que verificar igualmente que se indica si hay diferencia de precio en función de si el consumo se realiza en la mesa, en la barra o en el exterior, o si existen restricciones en las ofertas en función del lugar donde se consuma.

Los menús y platos combinados deben anunciarse desglosando los componentes que los integran, y si se incluye o no pan, bebida y postre dentro de su precio. Si los productos son de charcutería, queso u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza principal se ofrecerán al público por unidades de peso; si se trata de moluscos o crustáceos deberán ofrecerse al público bien por peso o por unidades, indicándose en este último caso su número.

Una vez realizada la consumición y solicitada la cuenta, el establecimiento está obligado a entregar a las personas consumidores el tique o factura -que detalla, como mínimo, el número-serie de la factura; nombre, apellidos o razón social; DNI o CIF; domicilio, descripción de los bienes o servicios que son objeto de la prestación y el importe total de los mismos; lugar y fecha de emisión-, elemento indispensable ante una posible reclamación.

Métodos de pago
En cuanto a los métodos de pago, el establecimiento no puede obligar al pago con tarjeta. Sí debe aceptar el pago con dinero en efectivo.

Se pueden consultar todos estos aspectos de forma más detallada en la web de Consumo Responde, en la sección dedicada a los establecimientos de restauración.

Consumo Responde
Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía.

Se trata de un servicio multicanal al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página www.consumoresponde.es, del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es y de los perfiles de Twitter (@consumoresponde), Facebook (www.facebook.com/consumoresponde) e Instagram (@consumoresponde).

También se puede recibir asesoramiento en los Servicios Provinciales de Consumo de las delegaciones territoriales de Salud y Consumo presentes en todas las capitales de provincia así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

(Texto y foto: Junta de Andalucía)