TURISMO.- Este lunes, 2 de diciembre de 2024, entra en vigor en España el registro de viajeros (Real Decreto 933/2021) que fija las obligaciones que deberán cumplir las empresas cuyas actividades son el hospedaje, el alquiler de vehículos a motor y la venta de viajes. Quedan excluidos taxis y vehículos con conductor (VTC).

Los incumplimientos del real decreto serán sancionados con multas que van desde los 100 hasta los 30.000 euros. Su contenido no agrada a la mayoría de las empresas del sector turístico.

A partir de ahora estas empresas tienen la obligación de transmitir al Ministerio del Interior más de 40 datos por cada tramitación que efectúen a sus clientes. Hasta la fecha ese control constaba de solo nueve datos.

Los profesionales entienden que esta actividad les supondrá una excesiva carga burocrática, pérdida de competitividad y posible vulneración de la privacidad de los viajeros. El Ministerio, por su parte, argumenta el incremento de la seguridad para todos.

Las empresas tienen que introducir los datos requeridos en la plataforma Ses.Hospedajes, activa desde 2022, donde ya figuran 61.540 establecimientos hoteleros, 1.994 agencias de viajes, 222 plataformas digitales y 1.720 empresas de alquiler de vehículos a motor. En total han registrado 4,77 millones de datos de sus clientes.

(Imagen generada por IA)