SEVILLA.- La Junta de Andalucía permite únicamente que los servicios de entrega de comida a domicilio puedan trabajar hasta las 23.30 horas y fija como hora máxima para recibir pedidos las 22.30 horas.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica este viernes, día 13, una corrección que añade esta excepción a la limitación horaria del servicio de hosteleros y restauradores, cuyos negocios tienen que cerrar a las 18.00 horas desde el 10 al 23 de noviembre por la pandemia generada por el coronavirus Covid-19.

Esta modificación tiene lugar un día después de las múltiples manifestaciones realizadas en las ciudades andaluzas por empresarios y trabajadores de la hostelería y la restauración.

Así, el texto publicado este viernes permite a los servicios de entrega de comida a domicilio seguir con su trabajo hasta las 23.30 horas y solo podrán recibir pedidos hasta las 22.30 horas.

Esta medida no se puede aplicar en la provincia de Granada, donde sus empresas de servicios no esenciales no pueden abrir durante toda la jornada del 10 al 23 de noviembre. Por otra parte, la limitación nocturna de movimientos en toda la comunidad autónoma fue establecida entre las 22.00 horas y las 7.00 horas del día siguiente.

(Imagen: Junta)

 

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