TURISMO / NATURALEZA.- La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Agricultura, Pesca, Ganadería y Desarrollo Sostenible, ha publicado la resolución por la que se adaptan las vedas y períodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies en Andalucía para la temporada 2019-2020.

Con este anuncio, según la Administración autonómica, se cumple el compromiso de la consejera del Área, Carmen Crespo, “con el sector cinegético de agilizar los plazos y de publicarlo en la primera quincena de mayo para facilitar la planificación de la temporada”.

Esta resolución recoge el consenso alcanzado en la última reunión del Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, que se celebró el 30 de abril. En este sentido, el período general hábil se inicia en agosto, con la apertura de la veda del conejo, y termina a finales de abril de 2020, cuando se cierra el plazo para la caza de la cabra montés.

El cartel de los períodos hábiles y el cuadríptico así como la versión para teléfono móvil de la temporada de caza 2019-2020 están disponibles en el portal de Caza y Pesca de la web de la Consejería con los plazos y aclaraciones específicas para cada especie cinegética.

Orden General de Vedas
Con la publicación de la resolución se ejecuta lo expresado en la Orden General de Vedas del 5 de julio de 2018, donde se detallan las modalidades, excepciones, limitaciones y medidas preventivas para su control, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos planes de caza por áreas cinegéticas.

En dicha orden se recogen las medidas acordadas “para favorecer una actividad cinegética respetuosa, ordenada y sostenible en todo el territorio andaluz”. Las condiciones, cupos, indicaciones y especificaciones para las modalidades se mantienen en los términos de la citada orden, incluyendo aquellas novedosas como la modalidad de ‘a diente en mano’ para la caza del conejo, de ‘perros de madriguera’ para la captura del zorro y el ‘aguardo nocturno’ para el jabalí.

Asimismo, cabe destacar que, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa relativa al patrimonio natural y la biodiversidad, queda prohibida la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales protegidos así como en el Inventario de Humedales de Andalucía.

Por otro lado, la Consejería de Agricultura, Pesca, Ganadería y Desarrollo Sostenible ultima las disposiciones por las que se establecen las condiciones excepcionales de caza por emergencias cinegéticas como son el caso del cerdo asilvestrado y el jabalí, por riesgos y daños sanitarios y ambientales; del conejo, por daños en la agricultura; y de emergencia sanitaria por sarna sarcóptica en poblaciones de cabra montés. La Consejería prevé publicar próximamente estas resoluciones, que acompañan a la disposición de la temporada de caza.

(Foto: Junta)