SEVILLA.- El Parlamento de Andalucía convalidó este miércoles, día 21, el Decreto-Ley 14/2021 que contiene las medidas de incentivos para la renovación y modernización de los establecimientos hoteleros de la comunidad autónoma.

“El objetivo es propiciar la renovación y modernización de nuestra planta de alojamientos para facilitar la reactivación del turismo y al mismo tiempo fomentar la inversión empresarial en la mejora de los establecimientos”, explicó en la Cámara andaluza el vicepresidente de la Junta y consejero de Turismo, Juan Marín.

En su intervención, justificó este decreto por la elevada edad media de los establecimientos y por el bajo número de hoteles de alta categoría. “Necesitamos obras de adaptación para ser más competitivos”, y recordó también que esta iniciativa responde a una demanda del sector hotelero y que se ha implantado antes en otras comunidades como Canarias, Baleares o Murcia, “donde ha tenido un gran impacto en la reactivación económica”.

Según informó la Administración regional, el Decreto-Ley establece que, con carácter general, se podrá incrementar hasta un 15 por ciento la edificabilidad y la ocupación en las parcelas donde exista un establecimiento turístico.

En determinados supuestos este porcentaje podrá ser del 20 por ciento para incentivar actuaciones de recalificación que permitan que los establecimientos puedan adaptarse a las categorías superiores y adquirir el calificativo de Gran Lujo en los casos de hoteles y hoteles-apartamentos siempre que se modifique el planeamiento urbanístico correspondiente.

Se podrán acoger a esta normativa los establecimientos de alojamiento turístico que se hallen legalmente edificados en suelo urbano e inscritos en el Registro de Turismo de Andalucía. Se incluyen establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos del grupo edificios/complejos, campamentos de turismo, casas rurales y complejos turísticos rurales.

Además, Marín explicó que si el incremento de edificabilidad necesario comporta más de un 10 por ciento del aprovechamiento objetivo superior será necesario modificar la ordenación urbanística del instrumento de planeamiento.

Por último, indicó que la norma convalidada ahora tiene un tiempo limitado de tres años en los que se tienen que hacer todos los procesos administrativos y obtener todas las licencias precisas, aunque las obras podrán exceder de ese plazo.

(Fotos: Junta)

 

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