SEVILLA.- El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó este martes, día 20, un decreto ley que incluye tres líneas de ayudas para establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos y campamentos de turismo y complejos turísticos rurales por importe de 72,8 millones de euros.

El objetivo es financiar el capital circulante o de explotación de las pymes para contribuir a mantener estas empresas por el impacto económico negativo que están soportando como consecuencia de la pandemia generada por el coronavirus Covid-19.

Con estas ayudas se pretende contribuir a la continuidad de las empresas y a evitar la destrucción de empleo, según informó el vicepresidente de la Junta y consejero de Turismo, Juan Marín.

Serán subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva distribuidas en 60 millones de euros para establecimientos hoteleros, 9 millones para apartamentos turísticos y otros 3,8 millones para campamentos turísticos y complejos turísticos rurales.

Hoteles, apartamentos y complejos turísticos
Las ayudas a hoteles serán de 200 euros por cada una de las plazas con las que cuentan estos establecimientos hoteleros que consten en el Registro de Turismo de Andalucía a 13 de marzo de 2020. El importe a percibir por la persona titular de los establecimientos puede llegar hasta los 200.000 euros.

En el caso de los apartamentos turísticos serán 80 euros por cada una de las plazas de estos establecimientos que estén en el Registro de Turismo de Andalucía a idéntica fecha. En este caso el importe a percibir por la persona titular de los mismos será de hasta 50.000 euros.

Finalmente, en las ayudas a campamentos de turismo y complejos turísticos rurales, para las áreas de pernocta de autocaravanas, habrá una cuota fija de 3.000 euros; y para los campings y complejos turísticos rurales la cuantía se determinará en función del número de trabajadores por cuenta ajena a la citada fecha (hasta 9 trabajadores, 10.000 euros; y 10 ó más trabajadores, 20.000 euros).

Categorías
El importe de estas subvenciones se podrá destinar a sufragar gastos en alguna de las categorías de materias primas y otros inputs para manufacturas, existencias, alquileres, suministros (agua, electricidad, gas) y gastos de personal tanto salariales como Seguridad Social.

También están contemplados otros gastos como limpieza, mantenimiento y reparación de vehículos afectos a la actividad, seguridad, asesoría, fiscal, laboral y contable, medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta efectiva a la crisis de salud pública provocada por la Covid (equipo de protección, mamparas y pruebas Covid).

Por último, se indicó que podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas las personas y empresas que desarrollen su actividad en Andalucía con anterioridad a la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que fue declarado el estado de alarma.

(Foto: Hotel Alborán, Algeciras)