TURISMO.- El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó este martes, día 21, el Decreto relativo al calendario de fiestas laborales en la región durante el año 2025.
De esta forma se establecen doce festividades de ámbito nacional y autonómico con carácter retribuido y no recuperable así como dos de carácter local a propuesta de cada municipio, según informó la Administración autonómica.
De acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, para el año 2025 se establecen como días festivos en Andalucía, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 17 de abril, Jueves Santo, por ser festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.
A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico se añaden los festivos de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 18 de abril; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución Española, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada Concepción, 8 de diciembre; y Día de la Natividad del Señor, 25 de diciembre.
En relación con la fiesta correspondiente al 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, por coincidir con domingo se traslada al lunes inmediato posterior, es decir al 13 de octubre.
Los festivos de 2025 en Andalucía serán:
— 1 de enero (miércoles), Año Nuevo.
— 6 de enero (lunes), Epifanía del Señor.
— 28 de febrero (viernes), Día de Andalucía.
— 17 de abril (jueves), Jueves Santo.
— 18 de abril (viernes), Viernes Santo.
— 1 de mayo (jueves), Fiesta del Trabajo.
— 15 de agosto (viernes), Día de la Asunción de la Virgen.
— 13 de octubre (lunes), Fiesta Nacional de España.
— 1 de noviembre (sábado), Día de Todos los Santos.
— 6 de diciembre (sábado), Día de la Constitución Española.
— 8 de diciembre (lunes), Día de la Inmaculada Concepción.
–y 25 de diciembre (jueves), Día de la Natividad del Señor.
Dos fiestas más de carácter local
Por otra parte, se indicó que a estas doce fiestas laborales se añadirán las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2025 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
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