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	<title>venta ambulante</title>
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		<title>Hoja de reclamaciones en ferias y en ventas ambulantes</title>
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		<pubDate>Wed, 01 May 2019 15:53:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[TURISMO.- Con motivo de las distintas ferias y fiestas   [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>TURISMO.-</strong> Con motivo de las distintas<a href="https://www.monplamar.com/las-fechas-de-21-ferias-de-mayo-en-andalucia/" target="_blank" rel="noopener"> ferias y fiestas que tendrán lugar en la región hasta octubre</a>, la<strong> Junta de Andalucía</strong>, a través de la <strong>Consejería de Salud y Familias</strong>, ha realizado una serie de <strong>recomendaciones</strong> vinculadas a este tipo de celebraciones, principalmente relacionadas con los <strong>servicios</strong> y con las <strong>actividades</strong>.</p>
<p>Entre las principales cuestiones, la <strong>Dirección General Consumo</strong> advierte de que <strong>casetas, comercios ambulantes y atracciones</strong> deben contar con la<strong> hoja oficial de quejas y reclamaciones</strong> de <strong>Andalucía</strong>. En este sentido, concreta que deberá existir en estos establecimientos un cartel en el que se anuncie que existen hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas que las soliciten.</p>
<p>Este cartel deberá ser colocado en las zonas de entrada y, en su caso, de salida de los establecimientos o centros así como en las zonas de atención a la clientela. Asimismo, Consumo recuerda que siempre es bueno <strong>verificar</strong> que tanto establecimientos como comercios ambulantes <strong>disponen de las correspondientes autorizaciones y licencias</strong>, ya que ello supone una garantía de seguridad con respecto a los que no disponen de las mismas.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Restauración en recintos feriales</strong></span><br />
En materia concreta de <strong>restauración en recintos feriales</strong>, se informa que, al igual que en el resto de establecimientos, el <strong>precio</strong> del servicio deberá anunciarse a través de <strong>cartas o pizarras</strong> de forma final y completa, <strong>incluyendo el IVA</strong>. En este caso solo será obligatorio que las cartas de comidas y bebidas o las listas de precios estén <strong>en el interior</strong> de los establecimientos.</p>
<p>En los <strong>servicios</strong> cuya prestación a la clientela se haga <strong>en mesa</strong>, “se deberá entregar a las personas consumidoras y usuarias siempre antes de la prestación del servicio una carta o lista que contenga la totalidad de lo ofertado con mención expresa de los productos, servicios y sus precios. Si los <strong>precios en barra</strong> son distintos de los de mesa deberán hacerse constar ambos en la carta o lista de precios y en cualquier otro medio de publicidad utilizado”.</p>
<p>Si los productos ofertados son de <strong>charcutería, quesos u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza</strong> principal, la información del precio se realizará por unidades de peso. Si se ofertan <strong>moluscos o crustáceos</strong>, la oferta debe realizarse por peso o por unidades, indicándose en este último caso el número.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Por la salud pública</strong></span><br />
Entre sus recomendaciones, la Dirección General de Consumo recuerda además que deben cumplir con la <strong>normativa ambiental </strong>aplicable y reunir las necesarias <strong>condiciones técnicas de salubridad, higiene, sanitarias y confortabilidad para las personas</strong>, además de ajustarse a las disposiciones establecidas sobre condiciones de <strong>protección contra incendios</strong> en los edificios.</p>
<p>De igual modo, señalan que en estos establecimientos ubicados en ferias y fiestas populares también es aplicable la normativa sobre la <strong>prohibición</strong> absoluta de <strong>consumo de tabaco</strong> así como la <strong>prohibición de venta de alcohol a menores de edad</strong>.</p>
<p>También se recuerda a la ciudadanía que, <strong>ante cualquier duda o consulta</strong> sobre este tema, se puede contactar con <strong>Consumo Responde</strong>, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias. Se trata de un servicio multicanal al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono <strong>900 215 080</strong>, de la página<strong> web</strong>, del correo electrónico <strong>consumoresponde@juntadeandalucia.es</strong> o por el <strong>perfil de Twitter</strong>.</p>
<p>Por último, se indicó que también se puede recibir asesoramiento en los <strong>Servicios Provinciales de Consumo</strong> presentes en todas las capitales de provincia así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (<strong>OMIC</strong>) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.</p>
<p>(Foto: <b>Junta</b>)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="https://www.monplamar.com/las-fechas-de-21-ferias-de-mayo-en-andalucia/" target="_blank" rel="noopener">* Fechas de las ferias de Andalucía hasta el mes de octubre</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://www.monplamar.com/hoja-de-reclamaciones-en-ferias-y-ventas-ambulantes/">Hoja de reclamaciones en ferias y en ventas ambulantes</a> first appeared on <a href="https://www.monplamar.com">Monplamar, El digital turístico del sur del sur</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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