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	<title>hoja de reclamaciones</title>
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		<title>El usuario elige el itinerario en el servicio de taxi</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Oct 2024 12:33:26 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[TURISMO / TRANSPORTES.- El servicio de taxi está obliga  [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>TURISMO / TRANSPORTES.-</strong> El servicio de<strong> taxi</strong> está <strong>obligado </strong>a seguir<strong> el itinerario elegido </strong>por el<strong> usuario</strong> y el <strong>conductor</strong> debe <strong>climatizar el vehículo</strong> y <strong>garantizar</strong> el <strong>confort</strong> y los <strong>derechos</strong> de los<strong> viajeros</strong>.</p>
<p>La <strong>Junta de Andalucía</strong>, a través de la <strong>Dirección General de Consumo</strong>, recordó este viernes, día 25, <strong>los derechos de los usuarios de este servicio público</strong>, y señaló que “al margen de lo que se establezca en cada <strong>ordenanza municipal reguladora del sector</strong>, existen <strong>derechos y deberes</strong> recogidos en el Decreto 35/2012, de 21 de febrero, que afectan tanto a <strong>usuarios</strong> como a<strong> conductores</strong> del servicio de taxi”.</p>
<p>Así, <strong>uno de los principales derechos de los usuarios</strong> es que “pueden <strong>elegir el recorrido del vehículo</strong> hasta el destino que se indique, y en su defecto, el que, siendo practicable, suponga una menor distancia entre origen y destino o un menor tiempo de recorrido”.</p>
<p>La persona viajera siempre tendrá <strong>derecho al transporte de maletas u otros bultos en el taxi</strong>, “siempre y cuando estos quepan en el vehículo”. Además, “la persona conductora puede <strong>negarse a prestar dicho servicio</strong> si la naturaleza y el carácter de los bultos, equipajes o animales que lleven consigo las personas que viajan <strong>puedan suponer riesgo, deteriorar o causar daños en el vehículo</strong>, salvo en lo referente a animales o utensilios relacionados con la ayuda a personas con <strong>discapacidad</strong> o de <strong>movilidad reducida</strong>”.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Aire acondicionado y calefacción</strong></span><br />
Por otro lado, los <strong>viajeros</strong> del servicio “también tienen derecho a <strong>disponer</strong> sobre el funcionamiento del<strong> aire acondicionado o calefacción</strong> del vehículo o de<strong> subir o bajar las ventanilllas</strong>, de forma que la temperatura en el interior del taxi se adecue al confort de la persona usuaria”.</p>
<p>En cuanto al <strong>abono del servicio</strong>, “las personas taxistas están obligadas a facilitar a las personas usuarias cambio de moneda hasta la cantidad de<strong> 20 euros</strong>, en defecto de lo que establezca la <strong>ordenanza municipal</strong>”.</p>
<p>En este sentido, Consumo recuerda que “si bien ningún negocio está obligado a admitir <strong>pagos con tarjeta de débito/crédito (con datáfono o TPV)</strong>, en sectores como el del<strong> taxi</strong> la oportuna <strong>ordenanza del ayuntamiento</strong> sí podría incorporar esa obligación para el servicio de taxi”.</p>
<p>Asimismo, se cuenta con el derecho de obtener un <strong>recibo por el servicio prestado</strong>, donde se indicará el recorrido, la fecha, la tarifa aplicada y el número de licencia. Las tarifas, incluidos los suplementos, deberán cubrir la totalidad de los costes reales de la prestación del servicio.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Discapacidad o movilidad reducida</strong></span><br />
A continuación, se señaló que “los<strong> usuarios</strong> del taxi, especialmente <strong>si tienen discapacidad o movilidad reducida</strong>, cuentan con el <strong>derecho a obtener ayuda de la persona conductora</strong> del taxi, siempre que se necesite para acceder o descender del vehículo y cargar equipajes o aparatos necesarios para el desplazamiento, como sillas de ruedas o carritos infantiles”.</p>
<p>Así, el taxista “tiene la obligación de contar en su vehículo con <strong>hojas de quejas y reclamaciones oficiales de la Junta de Andalucía</strong> disponibles para las personas usuarias -y de <strong>colocar carteles y distintivos oficiales</strong> que las publiciten- así como de <strong>facilitar los datos de su licencia</strong>, que serán necesarios para una posible reclamación”.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Taxímetro homologado y precintado</strong></span><br />
En otro orden de cosas, los taxis deben ir provistos del correspondiente<strong> taxímetro, debidamente homologado y precintado</strong>, que tiene que estar visible (y con iluminación) para la persona viajera.</p>
<p>Por último, se indicó que <strong>los conductores deben llevar en el taxi</strong> “una serie de <strong>documentos</strong>, entre los que destacan la licencia, el permiso de circulación del vehículo, la ficha de sus características, la póliza del seguro, el permiso de conducción, hojas de quejas y reclamaciones y su cartel anunciador, un ejemplar oficial de las tarifas vigentes, acreditación de la verificación del taxímetro y, en lugar bien visible, un cuadro con las tarifas, indicándose los<strong> suplementos</strong> y <strong>tarifas especiales</strong> a aplicar para determinados servicios (<strong>traslados a aeropuertos, puertos, servicios en días de fiestas o ferias, etc.</strong>)”.</p>
<p>(Foto: <strong>Junta</strong>)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://www.monplamar.com/el-usuario-elige-el-itinerario-en-el-servicio-de-taxi/">El usuario elige el itinerario en el servicio de taxi</a> first appeared on <a href="https://www.monplamar.com">Monplamar, El digital turístico del sur del sur</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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		<title>Hoja de reclamaciones en ferias y en ventas ambulantes</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 May 2019 15:53:20 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[TURISMO.- Con motivo de las distintas ferias y fiestas   [...]]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>TURISMO.-</strong> Con motivo de las distintas<a href="https://www.monplamar.com/las-fechas-de-21-ferias-de-mayo-en-andalucia/" target="_blank" rel="noopener"> ferias y fiestas que tendrán lugar en la región hasta octubre</a>, la<strong> Junta de Andalucía</strong>, a través de la <strong>Consejería de Salud y Familias</strong>, ha realizado una serie de <strong>recomendaciones</strong> vinculadas a este tipo de celebraciones, principalmente relacionadas con los <strong>servicios</strong> y con las <strong>actividades</strong>.</p>
<p>Entre las principales cuestiones, la <strong>Dirección General Consumo</strong> advierte de que <strong>casetas, comercios ambulantes y atracciones</strong> deben contar con la<strong> hoja oficial de quejas y reclamaciones</strong> de <strong>Andalucía</strong>. En este sentido, concreta que deberá existir en estos establecimientos un cartel en el que se anuncie que existen hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas que las soliciten.</p>
<p>Este cartel deberá ser colocado en las zonas de entrada y, en su caso, de salida de los establecimientos o centros así como en las zonas de atención a la clientela. Asimismo, Consumo recuerda que siempre es bueno <strong>verificar</strong> que tanto establecimientos como comercios ambulantes <strong>disponen de las correspondientes autorizaciones y licencias</strong>, ya que ello supone una garantía de seguridad con respecto a los que no disponen de las mismas.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Restauración en recintos feriales</strong></span><br />
En materia concreta de <strong>restauración en recintos feriales</strong>, se informa que, al igual que en el resto de establecimientos, el <strong>precio</strong> del servicio deberá anunciarse a través de <strong>cartas o pizarras</strong> de forma final y completa, <strong>incluyendo el IVA</strong>. En este caso solo será obligatorio que las cartas de comidas y bebidas o las listas de precios estén <strong>en el interior</strong> de los establecimientos.</p>
<p>En los <strong>servicios</strong> cuya prestación a la clientela se haga <strong>en mesa</strong>, “se deberá entregar a las personas consumidoras y usuarias siempre antes de la prestación del servicio una carta o lista que contenga la totalidad de lo ofertado con mención expresa de los productos, servicios y sus precios. Si los <strong>precios en barra</strong> son distintos de los de mesa deberán hacerse constar ambos en la carta o lista de precios y en cualquier otro medio de publicidad utilizado”.</p>
<p>Si los productos ofertados son de <strong>charcutería, quesos u otros productos susceptibles de ser cortados de una pieza</strong> principal, la información del precio se realizará por unidades de peso. Si se ofertan <strong>moluscos o crustáceos</strong>, la oferta debe realizarse por peso o por unidades, indicándose en este último caso el número.</p>
<p><span style="text-decoration: underline;"><strong>Por la salud pública</strong></span><br />
Entre sus recomendaciones, la Dirección General de Consumo recuerda además que deben cumplir con la <strong>normativa ambiental </strong>aplicable y reunir las necesarias <strong>condiciones técnicas de salubridad, higiene, sanitarias y confortabilidad para las personas</strong>, además de ajustarse a las disposiciones establecidas sobre condiciones de <strong>protección contra incendios</strong> en los edificios.</p>
<p>De igual modo, señalan que en estos establecimientos ubicados en ferias y fiestas populares también es aplicable la normativa sobre la <strong>prohibición</strong> absoluta de <strong>consumo de tabaco</strong> así como la <strong>prohibición de venta de alcohol a menores de edad</strong>.</p>
<p>También se recuerda a la ciudadanía que, <strong>ante cualquier duda o consulta</strong> sobre este tema, se puede contactar con <strong>Consumo Responde</strong>, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias. Se trata de un servicio multicanal al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono <strong>900 215 080</strong>, de la página<strong> web</strong>, del correo electrónico <strong>consumoresponde@juntadeandalucia.es</strong> o por el <strong>perfil de Twitter</strong>.</p>
<p>Por último, se indicó que también se puede recibir asesoramiento en los <strong>Servicios Provinciales de Consumo</strong> presentes en todas las capitales de provincia así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (<strong>OMIC</strong>) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.</p>
<p>(Foto: <b>Junta</b>)</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="https://www.monplamar.com/las-fechas-de-21-ferias-de-mayo-en-andalucia/" target="_blank" rel="noopener">* Fechas de las ferias de Andalucía hasta el mes de octubre</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p><p>The post <a href="https://www.monplamar.com/hoja-de-reclamaciones-en-ferias-y-ventas-ambulantes/">Hoja de reclamaciones en ferias y en ventas ambulantes</a> first appeared on <a href="https://www.monplamar.com">Monplamar, El digital turístico del sur del sur</a>.</p>]]></content:encoded>
					
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